Sola Escritura _ La Autoridad Suprema de la Escritura en Agustín de Hipona
A lo largo de mis estudios sobre la teología patrística he encontrado en Agustín de Hipona un testigo privilegiado respecto a la cuestión de la autoridad en la Iglesia. Su vasta obra, producida en medio de controversias con maniqueos, donatistas y pelagianos, revela con claridad una convicción constante: la Sagrada Escritura ocupa una posición absolutamente suprema y única como norma de fe, por encima de cualquier otra autoridad humana, eclesiástica o conciliar.
A continuación presento una síntesis articulada de las afirmaciones agustinianas, todas ellas tomadas directamente de sus obras, que muestran la coherencia de su pensamiento.
1. Agustín y la supremacía incuestionable de la Escritura
Agustín sostiene que la Escritura posee una autoridad incomparable, superior a cualquier otra forma de testimonio humano. Escribe:
“Mucho mejor que lea con certeza y persuasión de su verdad la Santa Escritura, situada en la cima más alta de la autoridad… sin cuestionar la fiabilidad de sus afirmaciones”
(Carta 82.2.5, NPNF1, 1:351).
En Ciudad de Dios reafirma el mismo principio:
“…las Escrituras de nuestra religión, cuya autoridad preferimos a cualquier escrito”
(Ciudad de Dios, 14.7, NPNF1, 2:266).
Y en Confesiones declara que la Escritura constituye un “firmamento de autoridad” puesto por Dios mismo:
“Tu divina Escritura tiene una autoridad más sublime”
(Confesiones, 13.15.16, NPNF1, 1:195).
Estas afirmaciones muestran que, para Agustín, ningún escrito humano –ni siquiera los de obispos o teólogos– puede situarse al nivel normativo de la Biblia.
2. Escritura frente a tradición humana y escritos posteriores
En múltiples ocasiones Agustín contrasta la autoridad bíblica con la de otros documentos eclesiásticos. Contra los donatistas escribe una declaración fundamental:
“El sagrado canon de las Escrituras… está confinado dentro de sus propios límites, y se sitúa en una posición tan absolutamente superior a todas las cartas posteriores de los obispos…
Todas las cartas… pueden ser refutadas si hay algo contenido en ellas que se desvíe de la verdad…
Los concilios locales deben ceder a los concilios plenarios; y aun los plenarios, pueden ser corregidos por otros posteriores.”
(Sobre el bautismo contra los donatistas, 2.3.4, NPNF1, 4:427).
Se trata de una de las afirmaciones más claras de la historia del cristianismo acerca de la falibilidad de todos los niveles de autoridad eclesiástica.
Solo la Escritura queda exenta de corrección.
3. La Escritura como criterio para evaluar doctrinas y milagros
Agustín nunca permite que una experiencia religiosa, un milagro o un presunto profeta contradigan la autoridad bíblica. Refutando a Fausto, el maniqueo, advierte:
“No quería absolutamente nada que se creyera contra la autoridad confirmada de las Escrituras.”
(Contra Fausto, 13.5, PL 42:284).
Incluso si los maniqueos produjeran signos o portentos, dice Agustín, seguirían siendo rechazados:
“Si realizáis alguno [milagro], lo rechazaríamos según la instrucción del Señor en Mateo 24:24.”
(Contra Fausto, 13.5).
Para él, la Escritura no solo tiene autoridad teórica, sino autoridad práctica, capaz de juzgar toda pretensión doctrinal o carismática.
4. La Iglesia reconoce la Escritura, pero no la constituye
Agustín subraya repetidamente que la Escritura tiene su origen en Cristo y en los apóstoles, y que la Iglesia simplemente la recibe y la transmite. Escribe:
“Este Mediador… ha producido además la Escritura llamada canónica, que tiene autoridad suprema y a la que damos nuestro consentimiento…”
(Ciudad de Dios, 11.3, NPNF1, 2:206).
En otro pasaje pregunta retóricamente:
“¿Cómo [un escrito] no se lee, se reconoce y se considera de suprema autoridad en la Iglesia, que, comenzando por Cristo mismo y continuada por sus apóstoles, sucedidos por los obispos, se ha preservado hasta nuestros días?”
(Contra Fausto, 28.4, NPNF1, 4:325).
Este testimonio es crucial:
La autoridad de la Escritura es anterior y superior a la autoridad de la Iglesia.
La Iglesia no fabrica la Escritura, sino que la recibe como regla ya establecida.
5. La Escritura como fundamento de la fe católica histórica
Agustín apela no solo a la inspiración divina, sino también a la continuidad histórica de la fe cristiana conforme a la Escritura:
“Si reconocéis la suprema autoridad de las Escrituras, debéis reconocer esa autoridad que… mediante una sucesión regular de obispos… se ha preservado hasta nuestros días.”
(Contra Fausto, 33.9, NPNF1, 4:344–345).
La sucesión apostólica tiene valor precisamente porque transmite fielmente la verdad bíblica, no porque posea un poder independiente de ella.
Asimismo, reafirma:
“Llamo a dar testimonio… que no considero nada más prudente, casto y religioso que todas aquellas Escrituras… que la Iglesia Católica conserva.”
(De utilitate credendi, 13, NPNF1, 3:353).
Aquí Agustín deja claro que la catolicidad se define por su fidelidad a la Escritura.
6. Uso de los Padres y maestros anteriores: subordinación explícita a la Biblia
Refutando a los pelagianos, Agustín reconoce el valor de los santos escritores anteriores, pero aclara que ninguno comparte la autoridad de los libros canónicos:
“No es que ponga la autoridad de ningún polémico al nivel de los libros canónicos…”
(Contra dos cartas de los pelagianos, 4.20, NPNF1, 5:425).
Los Padres pueden ayudar, pero nunca reemplazar la norma divina.
7. La actitud correcta del cristiano hacia la Biblia
Finalmente, Agustín describe la disposición espiritual del creyente ante la Palabra inspirada:
Quien se somete a la Escritura “defiere a ella como autoridad suprema… se alegra de ser reprendido… y ora para entender lo que le parece oscuro.”
(Sermón del Monte, 1.11.32, NPNF1, 6:15).
Y ofrece este principio pastoral inolvidable:
“Todo lo que escuchéis de las Sagradas Escrituras, que os guste bien; todo lo que esté sin ellas, rechazad, no sea que vaguéis en una nube.”
(Sermón 46.11.24, PL 38:284).
Conclusión
Todas estas citas procedentes de diversas obras, géneros y momentos de la vida de Agustín presentan un mensaje unánime:
La Sagrada Escritura es la autoridad suprema e infalible para el cristiano y para la Iglesia.
Aunque Agustín reconoce la importancia de la tradición, los concilios y la autoridad episcopal, ninguno de estos elementos posee el carácter absoluto, normativo y permanente que él reserva únicamente al canon bíblico.
Para Agustín, la Iglesia vive, enseña y se reforma bajo la luz de la Escritura; nunca por encima de ella.
Su testimonio, por tanto, constituye uno de los pilares más sólidos del pensamiento cristiano sobre la autoridad divina revelada y sobre la función subordinada de todas las estructuras humanas en la Iglesia.